En la época colonial hispanoamericana el término censo presentaba múltiples acepciones relativas a operaciones financieras como el censo consignativo, reservativo, enfitéutico o vitalicio. En este caso en particular, nos referiremos al censo consignativo, el cual se constituía como una de las principales formas de financiamiento de la Iglesia Católica y de sus distintas órdenes religiosas. Aquel consistía en préstamos de dinero que se realizaban mediante una transacción contractual privada entre una persona o institución (censualista, acreedor o prestamista) y un censuario, prestatario o deudor. En dicho contrato, el préstamo o adquisición del capital se garantizaba mediante el gravamen de un bien (terreno o inmueble), el cual se imponía a censo a favor de la Institución Eclesiástica y por el cual ésta recibía una pensión anual. El pago de los réditos por parte del censuario podía efectuare en capital líquido o bienes como alimentos, velas, jabón, entre otros.
Sin embargo, uno de los mayores problemas que se observa en este mecanismo, era justamente el no pago del cargo o rédito, lo que en muchos casos pasaba a instancias judiciales, las cuales en último caso, conducían al embargo y/o remate del bien gravado a censo. A lo anterior se sumaba, que el censuario podía vender o traspasar en herencia el bien gravado, lo que implicaba el traspaso de las obligaciones que este había contraído al nuevo deudor.
Los textos que se presentan a continuación, contienen información relativa al sistema de censo desenvuelto en el Monasterio de Clarisas de Santiago de Chile, entre los siglos XVII y XIX. Dentro de los documentos se encuentran: el número de caso con la información del censuario, el monto del principal y los réditos (como si estos se han pagado o no), escrituras de imposición, documentos de sucesión de tierras, causas ejecutivas, solicitudes de embargo, remates, tasaciones, entre otros. Además, se pueden encontrar algunos censos relativos al pago de dotes de religiosas y gastos de su profesión.